Accidente de Trabajo
-Suceso repentino por causa o con ocasión del Trabajo y que genere una lesión orgánica, funcional, invalidez o la muerte.
-Aquel que se produce durante la ejecución de Ordenes del empleador (Dentro o fuera del lugar y horas laborales).
-El que se produzca dentro del traslado de los trabajadores desde el lugar de su trabajo a su residencia, cuando el transporte lo suministre el Empleador.
-Aquel que se produce durante la ejecución de Ordenes del empleador (Dentro o fuera del lugar y horas laborales).
-El que se produzca dentro del traslado de los trabajadores desde el lugar de su trabajo a su residencia, cuando el transporte lo suministre el Empleador.
No se considera accidente de trabajo
-El producido en ejercicio de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, a menos que actúe por cuenta o representación del empleador.
-El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa durante los permisos remunerados o no.
Enfermedad Profesional
Todo estado patológico permanente o Temporal que se ocasione como consecuencia obligatoria y directa del trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que trabaja, y que haya sido determinado por el Gobierno Nacional como Enfermedad Profesional.
-Enfermedades causadas por sustancias
Químicas
-Lesiones osteomusculares o ligamentosas
-Enfermedades por temperaturas extremas
-Enfermedades por trauma acumulativo
-Sordera profesional
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